Nota de interés para actividades de hostelería y restauración

Nota de interés para actividades de hostelería y restauración

Fecha de inicio
07/05/2020

Fecha de fin:
14/05/2020

Categoría:
#Anuncio

Ante el nuevo contexto social y normativo propio del actual estado de alarma y de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19  prorrogado actualmente por Real Decreto 492/2020, de 24 de abril, hasta 10 de mayo y en la Orden SND/388/2020, de 3 de mayo, por la que se establecen las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios, y la apertura de archivos, así como para la práctica del deporte profesional y federado, se comunica lo siguiente:

La orden SND/388/2020, dispone en su artículo 5.1 que “Las actividades de hostelería y restauración podrán realizarse mediante servicios de entrega a domicilio y mediante la recogida de pedidos por los clientes en los establecimientos correspondientes, quedando prohibido el consumo en el interior de los establecimientos.”

Para poder desarrollar esas actividades, conforme al Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del impuesto sobre actividades económicas, los establecimientos de hostelería y restauración que no estuvieran dados de alta en los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas correspondientes a la entrega a domicilio y la recogida de pedidos por los clientes y deseen realizar estas actividades, deberán darse de alta en el correspondiente epígrafe del IAE y registrar en el Ayuntamiento, preferentemente mediante sede electrónica, una Declaración Responsable de actividades económicas (*)en la que se declare la ampliación de la actividad que hasta ahora realizaban en hostelería/restauración, para desarrollar también la actividad de entrega a domicilio y/o recogida de pedidos.

A este documento en el que se declara por el interesado que cumple con todos los requisitos legales personales y del establecimiento para el desarrollo de la nueva actividad y que posee los documentos que así lo acreditan y que aparecen en la Declaración Responsable, deberán acompañar/adjuntar:

.-Alta en la Agencia Tributaria de los epígrafes del IAE correspondientes a la entrega a domicilio y la recogida de pedidos por los clientes.

.-Fotocopia del documento identificativo del titular (persona física o jurídica) de la actividad que se va a ampliar.

.-Fotocopia del contrato de arrendamiento o documento del título jurídico que acredite la posesión del local.

Tras la presentación de la Declaración responsable de actividades económicas con la documentación adjunta, se les enviará el recibo de la tasa correspondiente por tramitación de expediente de modificación no sustancial de la actividad, para que procedan a su abono como dispone en el propio recibo.

Para cualquier consulta o información a este respecto, pueden llamar al teléfono…..

(*)Puede descargar el documento de la Declaración Responsable de actividades en el siguiente enlace:

 

Declaración Responsable de actividades